Términos y condiciones de Producto

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO WISPOK- COMERCIOS.

El presente Contrato de Prestación de Servicios y, en su caso, Comisión Mercantil (el “Contrato”) es celebrado entre Wispok Capital, S.A.P.I. de C.V. (“Wispok”) y los usuarios comercios (“Comercio o Comercios”) de conformidad con las siguientes:

DECLARACIONES

  1. El Comercio declara ser: (i) una persona física, mayor de edad, con capacidad para celebrar el presente Contrato, o (ii) persona moral debidamente constituida conforme las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos y que su representante legal goza de las facultades necesarias para celebrar el presente Contrato, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, y los pagos realizados a través del Servicio cumplen con las leyes y normas aplicables en los Estados Unidos Mexicanos (“México”).
  2. Wispok declara ser una sociedad mercantil debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cuenta con los certificados o licencias de uso requeridos para otorgar el servicio de facilitador de pagos y servicios de envío de mensaje de cobro a través de código Quick Response (“Código QR”) o por medio de la tecnología Near Field Communication (“NFC”), funcionalidad de cobros digitales Codi® propiedad de Banco de México.
  3. Ambas partes declaran y aceptan: Que el presente contrato regirá el uso y prestación de servicios de procesamientos de pagos a través de la aplicación móvil (en adelante la “Plataforma”), la cual es propiedad exclusiva de Wispok Capital, S.A.P.I. de C.V.
  4. El Comercio reconoce y acepta que Wispok podrá prestar los servicios de procesamiento de pagos a través de su Plataforma ya sea (i) en su carácter de afiliada autorizada de diversas empresas sociedades mercantiles agregadores de pago, y/o (ii) en su calidad de agregadora de pagos y/o (iii) en su carácter de facilitador de pagos y servicios.
En virtud de las declaraciones anteriores, las Partes otorgan las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA: CONSENTIMIENTO.

Las Partes acuerdan que el simple hecho de utilizar la Plataforma implica la aceptación y obligatoriedad al cumplimiento de estos, por parte del Comercio.

 Asimismo, al dar seleccionar la opción “REGISTRARME/REGISTRARSE”, el Comercio, (a) acepta que ha leído y celebra el presente Contrato con Wispok y se obliga a cumplir con todas las obligaciones a su cargo, (b) consiente y acepta expresamente los términos y condiciones estipulados en el presente Contrato y (c) declara, según sea aplicable, ser (i) una persona física con capacidad para obligarse conforme a los términos descritos en el presente Contrato, o (ii) una persona moral debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y que goza de facultades suficientes para obligar a la persona moral a cumplir con los términos descritos en el presente Contrato, (iii) y que cualquier persona a su cargo que haga uso del servicio brindado por Wispok, conoce y entiende los presentes Términos y Condiciones. Y entiende que (d), como Comercio, es plenamente responsable del uso que se haga del servicio relacionado con su cuenta de la Aplicación, independientemente de quién lo haya usado.



Adicionalmente, el Comercio acepta que las notificaciones requeridas legalmente y así como cualquier otra información relativa a los derechos y obligaciones legales (como Comercio) podrán ser enviados y remitidos de manera electrónica por Wispok, por lo que la firma electrónica del Comercio de los contratos y otros documentos (aceptación vía internet) tiene el mismo efecto vinculante que el que tendría la firma autógrafa.

SEGUNDA: DEFINICIONES.

En este Contrato, las siguientes palabras y expresiones tendrán los siguientes significados, salvo que el contexto indique lo contrario. Las palabras que denoten el singular incluirán en plural y viceversa, las palabras que denoten cualquier género:

Adquirente

Significa a quien provee servicios de pagos al Agregador en las Redes de Pagos con Tarjetas. Asimismo, recibe del Agregador las solicitudes de autorización de pago con tarjetas, tramita y dirige a los respectivos Emisores dichas solicitudes a través de la Cámara de Compensación para pagos con tarjetas, recibe las autorizaciones de pago, rechazos de pago, devoluciones y ajustes tramitadas por el Emisor para entregar y liquidar el importe de los pagos con tarjetas.

Agregador

Cuando Wispok preste sus servicios como Agregador de Pagos: Al participante en redes que ofrece a sus Comercios, el servicio de aceptación de pago con tarjeta de crédito y/o débito o cualquier otro Medio de Pago a través de cualquiera de las modalidades contratadas y en su caso provea la infraestructura necesaria.

Afiliado de agregador

Cuando Wispok preste sus servicios como comercializador de los servicios de un tercero agregador participante en redes que ofrece a sus Comercios, el servicio de aceptación de pago con tarjeta de crédito y/o débito o cualquier otro Medio de Pago a través de cualquiera de las modalidades contratadas y en su caso provea la infraestructura necesaria.

API

Se refiere por sus siglas en inglés a “Application Programing Interface” la cual es una interfaz de acceso a la Plataforma Wispok con la cual por medio de lenguaje de programación se puede integrar la Plataforma Wispok a los sistemas y plataformas del Comercio para procesar las Transacciones.

Apps

Aplicaciones desarrolladas para el control de dispositivos punto de venta que operan con teléfonos inteligentes o tabletas digitales.

Autoridades

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores y el Banco de México, conjuntamente.

Anexos

Significan los documentos suscritos como parte integral de este Contrato, los cuales están referidos en el presente Contrato.

Cámara de Compensación

Significa la entidad autorizada por el Banco de México de conformidad con las disposiciones de carácter general que éste emite al efecto para fungir como entidad central o para ser la operadora de un mecanismo de procesamiento centralizado, a través del cual se realizan las acciones que correspondan para intercambiar entre Adquirentes y Emisores solicitudes de autorización, autorizaciones de pagos, rechazos de pago, devoluciones, ajustes u otras obligaciones financieras relacionadas con pagos con tarjetas, incluida la compensación.

Comisión

Pago a favor de Wispok por el Servicio brindado al amparo del presente contrato.

Contracargos

Débito a cargo del Comercio, resultado de un cargo al Usuario, no consentido por el mismo sobre el cual el Usuario o la entidad emisora del medio de disposición ha interpuesto un procedimiento de Desconocimiento de Cargo el cual puede derivar en un abono al Usuario por el monto total de la Transacción.

Contrato

El presente acto jurídico, y cualquier Anexo, enmienda o modificación al mismo que en el futuro pudiera formar parte de éste, a menos que en su contenido se indique lo contrario.

Cuenta del Comercio

Es la cuenta de depósito aperturada en una institución financiera, designada por el Comercio, mediante la cual Wispok realizará la liquidación de Transacciones.

Cuenta Digital

Se refiere a la cuenta que se abra a nombre del Comercio en la Plataforma de Wispok en la cual se detalla el perfil del Comercio y tiene como finalidad almacenar información personalizada, consultar saldos, estados de cuenta y podrá acceder a los Servicios y/o funciones que brinde la Plataforma.

Comercio

A la persona física o moral que, con motivo de la celebración del Contrato, acepta pagos a través de los Medios de Pago o por medio de una terminal punto de venta u otros dispositivos punto de venta conectados a la red de pagos.

Desconocimiento de Cargo

Es el proceso el cual realiza el Usuario o el Emisor para iniciar una reclamación contra el Comercio que puede culminar en un “contracargo”.

Devolución

Es una cancelación de la Transacción por mutuo acuerdo de las partes involucradas en el proceso de pago.

Emisor

Al participante en la red de medios de disposición que expide tarjetas y que, a través de la Cámara de Compensación recibe las solicitudes de autorización de pago que le dirige el Adquirente y genera las respectivas autorizaciones de pago, rechazos de pagos, devoluciones y ajustes, con el objeto de ser enviados a los Comercios a través de la Cámara de Compensación, y al Adquirente que corresponda.

Giro Prohibido

Significan las actividades comerciales prohibidas para el Comercio, señaladas en Anexo A, mismas que no podrán ser realizadas ni procesadas a través de los servicios de Wispok o su Plataforma.

Medios de Pago

Se entiende como el mecanismo que decide utilizar el Usuario para efectuar un pago al Comercio, pudiendo ser este mecanismo, de manera enunciativa, no limitativa: tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de puntos, tarjeta de vales y billeteras electrónicas.

Plataforma/Wispok Pay

Significará el software diseñado por y bajo la titularidad y propiedad de Wispok con el fin de que el Comercio lo utilice única y exclusivamente para la ejecución de Transacciones electrónicas con algún Medio de Pago, en el entendido que la Plataforma es propiedad exclusiva de Wispok, así como que aquellos datos electrónicos relevantes generados por la Transacción quedarán a resguardo de Wispok. Asimismo, se podrá significar el software a través de la cual otorga el servicio de facilitador de pagos y y servicios de envío de mensaje de cobro a través de código Quick Response (“Código QR”) o por medio de la tecnología Near Field Communication (“NFC”), funcionalidad de cobros digitales Codi® propiedad de Banco de México.

Servicio

Consiste en procesar peticiones de autorización de cargo de un Medio de Pago, originadas en una terminal o dispositivo punto de venta, el sitio web del Comercio o una APP, y depositar el importe asociado a esa Transacción en la Cuenta del Comercio.

Usuario

La persona titular del Medio de Pago que utiliza los Servicios de Wispok para pagar por la adquisición de cualquier producto o servicio del Comercio.

Territorio Nacional
Estados Unidos Mexicanos.
Transacción

Aquella operación de pago procesada a través de la Plataforma Wispok, efectuada con cargo a un Medio de Pago con el consentimiento del Usuario.

Link de Pago

Implementación de la API creada por Wispok Pay que permite integrar los servicios en una aplicación externa fácilmente para efectuar los pagos.

TERCERA: OBJETO.

El presente Contrato tiene por objeto establecer los términos y condiciones de uso del Servicio de Wispok para permitir al Comercio aceptar de sus Usuarios el pago de sus productos o servicios a través de la Plataforma utilizando cualquier Medio de Pago disponible o contratado dentro del Servicio. Dichos pagos (Transacciones) serán ejecutadas por Wispok, en su calidad de Agregador o, como Afiliado de agregador, a nombre y en representación del Comercio, bajo las condiciones, montos, plazos que éste convenga con el Usuario y representarán saldo a favor del Comercio en su Cuenta Digital. 

Asimismo, los presentes términos y condiciones también regularán la prestación del servicio de facilitador de pagos y servicios de envío de mensaje de cobro a través de código Quick Response (“Código QR”) o por medio de la tecnología Near Field Communication (“NFC”), funcionalidad de cobros digitales Codi® propiedad de Banco de México.

CUARTA: REGISTRO DEL COMERCIO.

De la misma forma el Comercio reconoce y acepta que la Plataforma sólo tendrá funcionalidad completa, al contar con una cuenta previamente registrada: i) ya sea por medio de nuestro portal www.wispok.mx (“Sitio Web”) o directamente a través de Wispok Pay. El Comercio deberá elegir una de las suscripciones para poder acceder a la funcionalidad completa de la Plataforma. 

Los Comercios se obligan a proporcionar la información y documentación correcta, completa y conforme a derecho, que sea requerida a discreción única y exclusiva de Wispok. En el supuesto de no estar de acuerdo con los T&C deberá abstenerse de acceder y/o utilizar y/o registrarse en el Sitio Web o en la Plataforma. 

En consecuencia, el Comercio autoriza a Wispok, a realizar en cualquier momento, todas las consultas que considere necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones legales y/o validar su identidad, incluyendo la solicitud de información y/o documentación que sea requerido al momento del registro.

QUINTA: OBLIGACIONES DEL COMERCIO. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas en el presente Contrato, el Comercio se compromete a:

a) Registrar y crear un perfil en la Plataforma para utilizar el Servicio. El Comercio estará obligado a proporcionar información precisa y completa, la cual será previamente validada por Wispok Pay para que el Comercio pueda acceder a su Cuenta Digital.

Wispok determinará a su entera discreción, si concede el Servicio al Comercio. Wispok solamente quedará vinculada por este Contrato una vez que haya decidido otorgar acceso a la Plataforma.

b) Cumplir con los procedimientos e instrucciones de seguridad establecidos por Wispok, los cuales podrán ser modificados o actualizados en cualquier momento, con respecto a la contraseña o medios de autenticación para acceder a la Plataforma y por ende al Servicio.

c) Ser el único responsable de determinar la identidad e idoneidad de sus Usuarios y obtener el permiso, autorización expresa del Usuario para llevar a cabo la Transacción, cargos periódicos o recurrentes con el Medio de Pago elegido.

d) Asegurarse de que el Usuario acepta la Transacción y que el importe se cargará a la cuenta del usuario a través del Medio de Pago utilizado por este.

e) Cumplir con los requerimientos, informar sobre la descripción de los productos y/o servicios proporcionados por el Comercio y en su caso elaborar entregables determinados y solicitados por Wispok, así como las fechas de entrega.

f) No aumentar cantidad alguna al precio de los bienes o servicios ofrecidos por el Comercio como una condición para aceptar el pago a través de algún Medio de Pago. Esta restricción no prohíbe que el Comercio ofrezca descuentos en caso de que el medio de pago sea dinero en efectivo.

g) Mantener actualizada la información y documentos necesarios para la prestación de los Servicios objeto de este Contrato.

h) A no enajenar, ceder, arrendar, prestar a terceros, a título oneroso o gratuito, la documentación, la Plataforma, la especificación técnica que comprenden los Servicios, bajo pena de las leyes civiles, mercantiles, penales y administrativas.

i) El Comercio se obliga a abstenerse de almacenar datos de Valor de Verificación de Tarjeta 2 (CVV2), Código de Validación de Tarjeta 2 (CVC2) y Número de identificación de Tarjeta (CID), por lo que después de la autorización de la Transacción, estos solo podrán conservar el nombre del Usuario, número de Tarjeta y fecha de expedición, así como cualquier otro dato que esté relacionado con el Medio de Pago, liberando a Wispok de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento a la presente cláusula.

j) El Comercio se obliga a no duplicar Transacciones y será responsable por la duplicación de Transacciones, así como de cualquier Contracargo que pueda resultar como consecuencia de la duplicación.

k) Garantizar que todas las Transacciones de pago son de buena fe y que el titular del Medio de Pago otorga autorización expresa para la domiciliación del pago, habiendo firmado previamente y en debida forma el contrato de servicio aplicable con el Comercio.

l) Ser el único responsable de proporcionar soporte a sus Comercios respecto de los productos o prestación de servicios, ayuda, Devoluciones, cancelaciones, reembolsos, y por cualesquier otros asuntos relacionados con los productos, funcionalidad, garantía, soporte técnico, y retroalimentación con respecto a su experiencia, políticas o procedimientos con su personal, por lo tanto, mantendrá a Wispok seguro con respecto a cualquier disputa que surja de ello.

m) Conservar con la máxima precaución y confidencialidad la contraseña de acceso a la Plataforma, manteniendo en esta en estricto secreto durante la vigencia del presente Contrato. En caso de desaparición, pérdida, robo o cualquier otra forma de apropiación de la contraseña y/o alteración al inicio de sesión por parte de terceros no autorizados, el Comercio se compromete a comunicarlo inmediatamente a Wispok.

n) Ser el único responsable frente a cualquier reclamación, disputa o Desconocimiento de Cargo, la cual deberá ser resuelta exclusivamente entre el Comercio y su Usuario.

o) Acceder a celebrar, firmar y respetar los demás términos que sean necesarios acordar cuando Wispok lo solicite en virtud de prestar su Servicio en su carácter de Afiliado de agregador.

En caso de que el Comercio incumpla con las obligaciones establecidas en esta Cláusula y en el Contrato, Wispok le notificará del incumplimiento, para lo cual el Comercio contará con 5 (cinco) días hábiles para su subsanación. En caso de que el Comercio no subsane en tiempo y forma o incumpla sus obligaciones de manera reiterada en más de 3 (tres) ocasiones durante un mes, Wispok podrá rescindir este Contrato sin responsabilidad.

SEXTA: BAJA DE COMERCIOS

El Comercio expresamente reconoce y acepta desde este preciso momento que  en caso de que aplique un supuesto de terminación o rescisión del presente contrato y tenga como consecuencia la baja del Comercio, el Adquirente tendrá el derecho de reportar dicha baja en los sistemas Visa Merchant Trace System y MATCH, por lo que desde este preciso momento el Comercio autoriza a Wipok y/o en su caso, al Adquiriente a compartir cualquier información del Comercio al Titular de la Marca, cuando así sea requerido.

SÉPTIMA: USO DE LA PLATAFORMA.

El Comercio expresamente reconoce que la Plataforma es un mecanismo tecnológico de uso particular, mediante el cual podrá recibir pago de servicios, bienes o productos o transferencia de recursos, a través de la funcionalidad de cobros digitales Codi® propiedad de Banco de México, ligas de pago, y en su caso, a través de otros medios de pago, mencionando forma enunciativa más no limitativa: tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de puntos, tarjeta de vales y billeteras electrónicas. 

Como consecuencia de lo anterior, el Comercio reconoce que el uso de la Plataforma no sustituye y/o modifica la relación contractual entre el Comercio y los Usuarios, ni con la Institución Financiera donde tengan abierta su cuenta bancaria. Asimismo, cada una de las partes, tanto Comercios como los Usuarios de estos, son los únicos y exclusivos responsables del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contractuales con su Institución Financiera. Manifestado lo anterior, el Comercio reconoce que Wispok no es responsable de cualquier situación que pudiera afectar su relación y/o cumplimiento de obligaciones contractuales con su Institución Financiera, así como la relación con y entre los clientes/Usuarios de los Comercios y sus Instituciones Financieras. 

A través del uso de la Plataforma el Comercio podrá, según el caso en concreto, y tipo de suscripción del Comercio:

  • Recibir solicitudes de pago a través de transmisión de datos e información mediante lectura de Código QR y/o tecnología NFC con aproximación del dispositivo móvil, así como en su caso mediante una terminal o dispositivo punto de venta, el sitio web del Comercio o una APP;
  • Comunicar el servicio de generación y envío de mensajes de cobro, así como la devolución de pago iniciado por el Comercio a través de Codi® para mayor información consultar http://www.banxico.org.mx
  • Recibir las autorizaciones de pago, rechazos de pago, devoluciones y ajustes tramitadas por el Adquirente a instrucción del Comercio.

El Comercio da su consentimiento para que la Plataforma pueda acceder y guardar su geolocalización al momento de realizar cualquier transacción, y está consiente que en caso de que no tener habilitada la opción para que Wispok pueda acceder a su geolocalización, el Comercio no podrá realizar ningún tipo de operación dentro de la aplicación. El Comercio reconoce como geolocalización las coordenadas geográficas de latitud y longitud en que se encuentre el dispositivo donde utilice la Aplicación, lo anterior de acuerdo con la regulación aplicable.

OCTAVA: OBLIGACIONES DE WISPOK.

Sin perjuicio de los demás términos que gobiernan en el presente Contrato, Wispok se compromete a:

a) Velar por la seguridad y protección de la información de los Usuarios, de las Transacciones o de cualquier otra información a la que pueda tener acceso en desarrollo del presente Contrato.

b) Contar con las licencias y permisos exigidos por las Autoridades para el cumplimiento de las obligaciones pertinentes del presente Contrato y cumplir en general con todos los requerimientos exigidos por la ley incluyendo las relacionadas con protección de datos y bases de datos.

c) No archivar, copiar o de cualquier otra forma, almacenar los datos de los Usuarios, salvo que de acuerdo con las leyes aplicables tenga la obligación de hacerlo, caso en el cual se obliga a almacenar dicha información solamente por el tiempo exigido de acuerdo con las leyes aplicables.

d) Prestar el Servicio por medio de conexiones seguras que estarán protegidas por un certificado de seguridad que sea verificable por medio de una autoridad reconocida y se obliga a mantener los certificados de seguridad actualizados y vigentes durante la vigencia del presente Contrato de acuerdo con las leyes aplicables y los estándares de la industria.

e) Realizar ajustes técnicos necesarios para el correcto funcionamiento de la Plataforma en tiempo y forma.

En el supuesto que Wispok incumpla con lo establecido en esta cláusula o sus obligaciones en el Contrato, el Comercio deberá informar de su incumplimiento, contando Wispok con 10 (diez) días hábiles para subsanar a su entera discreción el incumplimiento requerido por el Comercio, por lo que el Comercio desde este preciso momento acepta que Wispok tendrá la facultad discrecional de tomar las acciones unilaterales que estime necesarias para subsanar el incumplimiento. 

Por otro lado, Wispok se reserva el derecho a rechazar la tramitación de las Transacciones de Comercios específicos, a su sola discreción dentro de los estándares más altos de la industria, por ejemplo, debido a los resultados de la calificación de riesgo de la Transacción.

NOVENA: CUENTA BANCARIA NACIONAL Y LIQUIDACIÓN. 

Los recursos generados por la prestación de servicios o comercialización de productos del Comercio serán recibidos por Wispok a nombre del Comercio en su carácter de comisionista mercantil, para ser liquidados por Wispok en la cuenta que designe el Comercio. 

Wispok realizará y pagará la liquidación de operaciones en la Cuenta del Comercio la cual incluirá el valor de las ventas menos la Comisión del Servicio más impuestos. Wispok emitirá al Comercio el comprobante fiscal correspondiente a la Comisión e impuestos descontados al Comercio en sus liquidaciones. 

En caso de que el Comercio reciba un pago que no le corresponda derivado del presente Contrato, estará obligado a notificarlo por correo electrónico a Wispok y a devolver de inmediato el monto del pago realizado de forma indebida. Si el Comercio no realiza la devolución de dicho pago, Wispok se reserva el derecho de retener pagos futuros del Comercio hasta que Wispok haya recuperado el monto total de la suma entregada indebidamente o debitarlo de la cuenta del Comercio. 

Si no se produjera ninguna actividad en la Cuenta Digital de Wispok Pay del Comercio durante, al menos, dos años consecutivos y si tuviera un saldo a su favor; Wispok notificará al Comercio esta situación mediante correo electrónico, y permitirá al Comercio mantener la Cuenta Digital activa o cerrarla y retirar cualquier saldo pendiente. Si Wispok no recibe ninguna respuesta por parte del Comercio en el plazo de treinta días a partir de la fecha de envío, cerrará automáticamente la Cuenta Digital y los fondos quedarán sujetos al destino que determine la ley aplicable al caso, y – en la medida permitida – se transferirán a Wispok.

DÉCIMA: CONTRAPRESTACIÓN E IMPUESTOS.

Como pago del Servicio, el Comercio se obliga a pagar a Wispok las Comisiones respectivas según la suscripción contratada por el Comercio, mismas que se detallan en la página web www.wispok.com/comisiones-por-transaccion/

Asimismo, Wispok podrá modificar el monto de las Comisiones, mediante notificación por escrito a través de su Plataforma o por correo electrónico. Todas las Comisiones serán cobradas al Comercio junto con la transmisión del importe de la Cuenta Digital a la Cuenta del Comercio, es decir, por cada Transacción realizada por Wispok Pay se generará una Comisión la cual está sujeta al IVA. 

Wispok podrá compensar del saldo pendiente de liquidación en la Cuenta del Comercio cualquier reclamación, multa o comisión pendiente que Wispok pueda tener contra el Comercio de acuerdo con este Contrato. 

Los fondos acreditados al Comercio no serán abonados en la Cuenta del Comercio hasta que la Transacción se haya completado. Una Transacción se entenderá completada cuando Wispok haya recibido los fondos correspondientes, Wispok realizará el abono al Comercio dentro de 3 días hábiles siguientes a aquél en el que Wispok haya procesado la Transacción. 

Cada una de las Partes será responsable de las declaraciones, impuestos, recibos, informes de retención o cualquier responsabilidad frente a las autoridades fiscales. 

Por su parte, Wispok facturará electrónicamente al Comercio el último día de cada mes por todas las transacciones efectuadas en ese periodo a través de la Plataforma Wispok. El Comercio es el único responsable de emitir las facturas electrónicas a su Usuario por la adquisición de cualquier bien o servicio.

DÉCIMA PRIMERA: CONTRACARGO.

El proceso de Contracargo tiene la finalidad de atender las Transacciones que no fueron reconocidas. Por lo que a continuación se presentan las generalidades del proceso, es decir, los requisitos, lineamientos y demás particularidades de este aspecto del Servicio. Las Partes acuerdan que el importe de cualquier Transacción puede ser descontado de la Cuenta del Comercio si la operación: (i) es disputada; (ii) es cancelada por cualquier razón por la red, el banco Adquirente, el Usuario o el banco Emisor del Medio de Pago; (iii) no fue autorizada o Wispok tuviera motivos para considerar que la operación no haya sido autorizada; y (iv) es presuntamente ilegal, sospechosa, o incumple en alguna forma este Contrato. 

Para cualquier operación que resulte en un Contracargo, Wispok tendrá derecho a retener todo importe equivalente a la cantidad estimada del Contracargo. 

Si Wispok no puede recuperar los fondos de un Contracargo, el Comercio deberá cubrir de manera inmediata el monto total del Contracargo a solicitud de Wispok. El Comercio acepta pagar los costos y gastos relacionados con el Contracargo incluyendo, pero no limitado a honorarios y gastos legales, en los que Wispok incurra o incurran terceros en beneficio de Wispok junto con el total de los Contracargos no pagados por el Comercio. 

Wispok no es responsable frente al Comercio, ni responsable por sus pérdidas financieras o cualquier otra consecuencia de dicho fraude ya que Wispok implementa controles de seguridad para ayudarle a mitigar el riesgo de pérdidas por fraude. 

En caso de que alguna transacción realizada dentro de la plataforma de Wispok Pay haya sido notificada por el Emisor como un Contracargo, el Comercio deberá de seguir el siguiente proceso para la disputa del mismo:

  1. Wispok notificará al Comercio por medio de correo electrónico, Wispok Pay o APP la existencia de un Contracargo generado dentro de la red de pagos que involucra al Comercio. Wispok solicitará al Comercio por medio de correo electrónico, Wispok Pay o APP la información requerida para la disputa del Contracargo con el Emisor. 
  2. El Comercio contará con un plazo máximo de 3 (tres) días naturales a partir de la notificación del contracargo para enviar la información requerida por parte de Wispok, en caso que la recepción de los documentos excedan el plazo mencionado, el Comercio perderá el derecho de disputar este Contracargo. 
  3. Wispok revisará la documentación enviada, y en caso de ser necesario, este le podrá solicitar información adicional al Comercio para la revisión del caso. En el supuesto que no exista duda o información adicional, Wispok enviará dicha documentación para su revisión con el Emisor para la iniciación del proceso de disputa. 
  4. El Emisor realizará el proceso de revisión de la documentación, asimismo emitirá la resolución del contracargo en un plazo de hasta 180 (ciento ochenta) y/o 540 (quinientos cuarenta) días naturales para el caso de servicios continuos interrumpidos, una vez que se determine la resolución, esta será notificada por parte de Wispok al Comercio por medio de correo electrónico. 
  5. Wispok notificará al Comercio la resolución del Contracargo por medio de correo electrónico, Wispok Pay o APP. En caso de que la resolución del Contracargo haya sido de manera satisfactoria para el Comercio, el monto en retención será devuelto al saldo dentro de la Cuenta del Comercio. En caso de que el Contracargo no haya sido satisfactorio para el Comercio, el monto en disputa se mantendrá descontado dentro de la Cuenta del Comercio.

Las Partes acuerdan que Wispok podrá requerir del Comercio la constitución de un fondo de reserva hasta por un porcentaje del 5% (cinco por ciento), pudiendo ser menor a discrecionalidad de Wipok, sobre el monto total de las transacciones realizadas por el Comercio, en un periodo de 90 (noventa) días. Wispok podrá mantener los recursos del fondo de reserva, hasta por un plazo máximo de 180 (ciento ochenta) y/o 540 (quinientos cuarenta) días naturales para el caso de servicios continuos interrumpidos días naturales, siempre y cuando el monto de transacciones del Comercio reclamadas por los Usuarios supere el 3% (tres por ciento) de sus Transacciones.

DÉCIMA SEGUNDA: ESTADOS DE CUENTA.

Wispok solamente proporcionará los recibos electrónicamente mediante correo electrónico, mismos que serán los comprobantes de la Transacción. 

Wispok emitirá de manera periódica un Estado de Cuenta mensual a favor del Comercio dentro de los diez días naturales siguientes a cada fecha de inicio de mes, según corresponda, mismo que podrá consultarse a través de los canales habilitados para dicho fin que, de manera enunciativa más no limitativa, podrá ser el correo electrónico o por la Plataforma.

DÉCIMA TERCERA: DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO.

Wispok realizará todos los esfuerzos razonables para proporcionar el Servicio las 24 horas del día, los 365 días del año. Sin embargo, Wispok no garantiza que el Servicio esté libre de errores, fallas o interrupciones durante su uso. 

El Comercio manifiesta estar de acuerdo que las actualizaciones y procedimientos de mantenimiento preventivo a la Plataforma no se consideran incumplimiento del nivel de disponibilidad. 

El acceso del Comercio al Servicio depende de los servicios de terceros (como los proveedores de servicios de telefonía móvil, Internet, etc.). El Comercio reconoce que Wispok no tendrá ninguna responsabilidad en relación con la prestación de los servicios de terceros antes mencionados.

DÉCIMA CUARTA: RESTRICCIONES.

Wispok se reserva el derecho a prestar los Servicios a Comercios que:

a) Se dediquen a giros prohibidos, que se indican en el listado que proporciona y actualiza para estos efectos el Adquirente, mismo que será informado por Wispok en su Plataforma al Comercio. En el caso de que Wispok identifique a algún Comercio con alguno de los Giros Prohibidos, de inmediato lo dará de baja y suspenderá el procesamiento de Transacciones, sin responsabilidad alguna para Wispok.

b) Operen de mala fe y que pudieran dañar la reputación de Wispok, al Adquirente o del Medio de Pago usado.

c) Provean Servicios de pago a terceros. 

d) Exijan límites mínimos de precio para la aceptación de Medio de Pago y/o aplicar precios superiores ni comisiones adicionales por el uso de un Medio de Pago en relación con una Transacción de pago.

e) Realicen deducciones en efectivo durante las Transacciones de pago, si el único objetivo es permitir que el Usuario realice una compra en efectivo de bienes o servicios del Comercio.

f) Transaccionen con Medios de Pago no autorizados. El Comercio deberá abstenerse a procesar Transacciones mediante Medios de Pago reportados como perdidos, robados o en cualquier forma inválidos.

g) Discriminen entre Medios de Pago por cualquier motivo. 

h) Presenten para su procesamiento directa o indirectamente, cualquier Transacción de pago no originada de una Transacción de pago directa entre el Comercio y la persona física o moral titular de un Medio de Pago, con el Usuario o cualquier Transacción de pago que el Comercio sepa o deba saber que es fraudulenta o no autorizada por el Usuario.

i) Soliciten a cualquier Usuario renunciar a su derecho a presentar un Contracargo. 

j) Comercios que presenten reclamaciones por Transacciones no reconocidas por sus Usuarios por más de un 3% (tres por ciento).

DÉCIMA QUINTA: QUEJAS Y OBLIGACIÓN DE NOTIFICACIÓN DE OPERACIONES NO AUTORIZADAS.

Si el Comercio desea informar de errores en el Servicio mediante una queja, o considera que se ha cometido un error o que se ha realizado una operación no autorizada, el Comercio debe notificar a Wispok dicha queja o Transacción sin demora, en un plazo no mayor de 24 horas, después de que el Comercio lo haya descubierto, o debiera haber descubierto el error o Transacción, contactando a Wispok a través de la Plataforma o a través del correo electrónico ayuda@wispok.com.

DÉCIMA SEXTA: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.

Las Partes acuerdan que Wispok no será responsable, bajo ninguna circunstancia, por daños indirectos, tales como, lucro cesante, pérdida de datos u otras pérdidas, resultantes del uso o interrupción parcial o total del Servicio. 

En la medida máxima permitida por la ley el Servicio se provee sin garantías de ningún tipo, ya sean expresas o implícitas. Wispok sólo será responsable por los daños causados únicamente por causas directamente imputables a Wispok por lo que no asume ninguna responsabilidad por ningún acto u omisión de ningún tercero o participante de redes. Además, Wispok no deberá ser en ningún caso responsable por ningún daño o pérdida en que incurra el Comercio como resultado de la obligación de Wispok de cumplir con la ley aplicable, acto u omisión de cualquier autoridad gubernamental, acto de guerra, accidente, desastre natural, huelga, bloqueo, u otro evento similar, independientemente de si Wispok Pay es un instigador o sujeto en dicho evento. 

El Comercio indemnizará a Wispok o a cualquiera de las filiales de Wispok (incluyendo filiales, subsidiarias o empresas controladoras, o partes relacionadas) contra cualquier demanda presentada contra Wispok por un tercero que surja del uso del Servicio por parte del Comercio en violación de este Contrato o en violación de las leyes o regulaciones aplicables o reglas emitidas o de otro modo aplicadas por el banco Adquiriente de Wispok o las redes de medios que proveen el Servicio. 

Además, el Comercio reconoce que Wispok no será responsable por:

  • Errores imputables al Comercio por captura incorrecta de información al momento de realizar cualquier operación o en el registro; 
  • Por pérdida en la confidencialidad de las claves de acceso, contraseñas o información sensible por causas imputables al Comercio; 
  • Por instrucciones fraudulentas, duplicadas, no autorizadas o meramente erróneas, instruidas por el Comercio; 
  • El Comercio expresamente reconoce y declara aceptar que al realizar transacciones con terceros lo hace por voluntad propia, en consecuencia, Wispok no será responsable de ninguna transacción instruida por el Comercio. 
  • El Comercio reconoce que es el único y exclusivo responsable de las obligaciones de pago frente a sus Usuarios mediante el uso de la Plataforma, por lo que deberá liberar y sacar en paz a Wispok por cualquier reclamo o proceso legal que cualquier tercero requiera o presente en contra de Wispok.

DÉCIMA SÉPTIMA: VIGENCIA, TERMINACIÓN Y RESCISIÓN.

Este Contrato tendrá una vigencia indefinida a partir del día de su firma o aceptación electrónica al momento de que el Comercio realiza el registro y obtuvo su Cuenta Digital. 

Las Partes podrán dar por terminado este Contrato en cualquier momento mediante la notificación por escrito a la otra Parte con 30 (treinta) días de anticipación a la fecha en que se pretenda terminar con los servicios. 

No obstante lo anterior, cualquier obligación de pago que esté pendiente de realizarse entre las Partes conforme a lo dispuesto en este Contrato, prevalecerá vigente hasta en tanto no sean liquidadas. El Comercio acepta que dar por terminado el Contrato no lo exime de sus obligaciones ante las Disputas de Desconocimiento o Contracargos, por lo que estará obligado a pagar las cantidades que se generen de estas. 

Wispok se reserva el derecho de retener las cantidades de las Transacciones en Disputa que tenga el Comercio, así como de todas aquellas Transacciones que se encuentren en plazo para que los usuarios presenten reclamaciones por cargos no reconocido, con el fin de asegurar el cumplimiento de cualquier adeudo y/o Contracargo 

Son causas de rescisión de este Contrato, mediante notificación escrita y sin necesidad de declaración judicial, sin responsabilidad de la Parte no culpable y además de las ya previstas en otras partes del mismo, las siguientes:

a) Si el Comercio hace mal uso de la Plataforma para el cumplimiento de este Contrato.
b) Si el Comercio incurre en malas prácticas como actividades fraudulentas en relación con las Transacciones o contrarias a la legislación aplicable.
c) Si cualquiera de las Partes incumple cualquiera de las demás obligaciones a su cargo derivadas de este Contrato.
d) Si el Comercio o sus beneficiarios controladores son publicados por parte del Servicio de Administración Tributaria en su página de Internet en alguno de los supuestos a los que se refiere el artículo Artículo 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación y/o en algunas de las de las Listas y/o Resoluciones publicadas por el Servicio de Administración Tributaria en el portal de internet denominado Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (“SPPLD”).

Por otro lado, este Contrato se dará por terminado inmediatamente si el Contrato de Wispok con su(s) banco(s) Adquirente(s) vencieran o se terminara por cualquier motivo, o si cesa de ser Afiliado de agregador, o si Wispok fuera cancelado del registro de las redes. Sin perjuicio de lo anterior, y en el caso de verificación de cualquier supuesto mencionado anteriormente, Wispok podrá seguir prestando su servicio de facilitador de pagos y servicios mediante envío de mensaje de cobro a través de código Quick Response (“Código QR”) o por medio de la tecnología Near Field Communication (“NFC”), funcionalidad de cobros digitales Codi® propiedad de Banco de México. Este servicio se regirá análoga, consonante y congruentemente con su naturaleza, con los términos del presente Contrato, en caso de duda, consultar la sección de estos términos y condiciones denominada “Uso de Plataforma para Servicio Facilitador de Pagos Codi”.

DÉCIMA OCTAVA: EFECTOS DE TERMINACIÓN DEL SERVICIO. 

Wispok relizará una retención de saldos en caso de que se hayan efectuado Transacciones por el Comercio que haya cancelado el Servicio mediante el procedimiento mencionado en la anterior cláusula, en el entendido de que Wispok realizará una retención de saldos por 30 (treinta) días en caso de que se hayan efectuado Transacciones. 

Wispok procesará cualquier Devolución debida al Comercio dentro de los 30 (treinta) días hábiles siguientes a partir de que el Comercio dio a Wispok la notificación por escrito de la cancelación. Wispok podrá realizar la citada Devolución utilizando el mismo método que usó el Comercio para pagar el Servicio. El Comercio reconoce que, Wispok no estará obligado a reembolsar al Comercio cualquier comisión pagada por cualquier Transacción efectuada utilizando el Servicio antes de la cancelación.

DÉCIMA NOVENA: DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y VIGILANCIA DEL USO DE LA APLICACIÓN.

Vigilancia: El Comercio acepta que Wispok o algún tercero que este designe pueda llevar a cabo alguna auditoría, a fin de asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones del Comercio. 

Factores de autenticación: Al momento del uso de la aplicación el Comercio se obliga a utilizar factores de autenticación como utilizar una contraseña electrónica requerida para operar la Plataforma, por lo que deberá almacenar, guardar, custodiar la contraseña como confidencial e impedir que cualquier ajeno al Comercio la utilice. Asimismo, el Comercio está de acuerdo en que será responsable por todas las acciones realizadas a través de la contraseña que se le proporcione para tal servicio, así como en la responsabilidad que este pudiese incurrir derivado del uso indebido de la misma.

VIGÉSIMA: EXCEPCION A EMISIÓN DE RECIBOS O COMPROBANTES REFERIDOS EN LA CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. 

En caso de que Wispok preste única y exclusivamente el servicio de facilitador de pagos y servicios mediante envío de mensaje de cobro a través de código Quick Response (“Código QR”) o por medio de la tecnología Near Field Communication (“NFC”), funcionalidad de cobros digitales Codi® propiedad de Banco de México, el Comercio reconoce que será Banxico, quien notificará la aprobación de la transacción realizada, emitiendo para el efecto el o los comprobantes de acuerdo a sus propios términos y condiciones. Como consecuencia de lo anterior, en dicho caso, el Comercio reconoce que Wispok no está obligado a notificar o entregar comprobante alguno de la transacción realizada, como excepción a lo descrito en la cláusula Décima Segunda anterior.

VIGÉSIMA PRIMERA: TRANSACCIONES PROHIBIDAS Y SUSPENSIÓN. 

El Comercio expresamente reconoce y acepta que serán aquellas que tengan relación a pagos vinculados de alguna manera con negocios o actividades de negocios pertenecientes a cualquier actividad que, a criterio de Wispok pudiera considerarse como giros prohibidos, pudieran causar un daño material o reputacional a Wispok o se presuman ilícitas a entera discrecionalidad de Wispok (en lo sucesivo “Transacciones Prohibidas”). Mismas que de forma enunciativa más no limitativa se detallan en el Anexo A de los presentes Términos y Condiciones. 

En caso de que Wispok tenga conocimiento que el Comercio lleva a cabo transacciones prohibidas, Wispok tendrá la facultad suficiente para suspender el servicio de forma temporal, en caso de que se considere como grave la acción llevada a cabo por el Comercio, Wispok podrá suspender indefinidamente el servicio al Comercio sin aviso previo y sin responsabilidad para Wispok. 

Asimismo, Wispok podrá suspender la prestación del servicio de la aplicación en caso de que se identifiquen transacciones que no cumplan con las normas aplicables, no correspondan al giro del Comercio, se ocasione un daño al Comercio o bien se consideren que las transacciones son de alto riesgo o se encuentren asociadas a actividades ilícitas en relación con el monto y frecuencia. 

Se le concederá al Comercio un periodo de 7 días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga a través de nuestra página web de Wispok, además, en caso de que el Comercio no subsane o corrija las anomalías detectadas, Wispok tendrá la facultad de suspender indefinidamente el servicio y rescindir el contrato, en dicho caso, el Comercio deberá de responder por cualquier daño o perjuicio ocasionado a Wispok por dicho motivo.

VIGÉSIMA TERCERA: BLOQUEO DE LA APLICACIÓN.

Wispok podrá bloquear el uso de la Plataforma sin responsabilidad en los casos siguientes: 

  • Retraso en el pago de la suscripción; 
  • Cancelación del registro del Comercio; 
  • Incumplimiento de los T&C o cualquier otros términos que deba cumplir y aceptar el Comercio para el uso de la Plataforma; 
  • Sospecha de actos ilícitos, contrarios a derecho o a las políticas de Wispok; 
  • Que el Comercio proporcione información que conduzca al engaño, así como cualquier información falsa, incompleta, inexacta o engañosa.
  • Cualquier otra causa que a criterio de Wispok, ponga en riesgo al Comercio, Wispok o la funcionalidad de la Plataforma.

VIGÉSIMA CUARTA: PROPIEDAD INTELECTUAL. 

Wispok es el único propietario de los derechos de propiedad intelectual concernientes al Servicio y en ningún momento este Contrato será interpretado como una concesión de dichos derechos hacia el Comercio. El Comercio no podrá copiar, imitar o hacer uso de los derechos de propiedad intelectual sin previo aviso y consentimiento escrito de Wispok. 

Wispok le concede al Comercio una licencia personal, limitada, no exclusiva, revocable y no transmisible (sin derecho a sublicenciar) para acceder electrónicamente y hacer uso de la Plataforma con el objetivo de aceptar pagos efectuados con el Medio de Pago. 

Wispok podrá revocar o dar por terminada esta licencia en cualquier momento si el Comercio utiliza la Plataforma de cualquier modo prohibido conforme al presente Contrato. 

La Plataforma está protegida por las leyes de derechos de autor, secretos comerciales, patentes y demás leyes de propiedad industrial. 

El Comercio podrá enviar comentarios o ideas sobre mejoras al Servicio, la Plataforma o cualquier otro componente de nuestros productos o servicios. Si el Comercio envía una sugerencia de mejora, Wispok asumirá que su envío fue voluntario, no solicitado por Wispok y que fue entregado a Wispok sin cualquier restricción por lo que es libre de utilizar sus comentarios y/o ideas sin otorgarle cualquier derecho o contraprestación. 

Queda establecido que todas y cada una de las marcas que amparan a los Servicios son marcas registradas, por lo que todos los derechos derivados de las mismas son y deberán en todo momento ser considerados por el Comercio, como propiedad única y exclusiva de Wispok. 

Las Partes se obligan a respetar las marcas, avisos comerciales, los nombres comerciales, invenciones, secretos industriales, derechos de autor, diseños industriales o cualquier propiedad intelectual o industrial propiedad de la otra Parte, sus empresas controladoras, filiales, y/o subsidiarias. A este respecto, las Partes se abstendrán de usar las marcas, avisos comerciales, nombres comerciales, invenciones, secretos industriales, derechos de autor, diseños industriales o cualquier propiedad intelectual o industrial de la otra Parte, salvo estipulación expresa en contrario en el presente Contrato. 

Las Partes podrán, hacer uso de la marca y el logotipo de la otra Parte, para fines de divulgación del objeto del presente Contrato en campañas publicitarias en, prensa escrita, radio, televisión, internet, foros, entre otros, salvo acuerdo entre cada una de las Partes. Para ello el Comercio deberá poner a disposición, previamente a la publicación, el material, planes de negocio del Comercio, muestras de la mercancía, copias de materiales de marketing, catálogos de productos y/o servicios, guiones de telemarketing que se revelará a Wispok con el fin de revisar y aprobar expresamente las normas que se han utilizado para exhibir la(s) marca(s) de Wispok. 

Adicionalmente, el Comercio desde este preciso momento acepta y reconoce que le otorga a Wispok una licencia gratuita y limitada, exclusivamente para que Wispok pueda utilizar marcas, logotipos, iconos, y/o leyendas en Wispok Pay con el fin de promocionar los servicios que ofrece Wispok Pay y mencionar en sus publicaciones y promocionales quiénes son los clientes que forman parte de la red de clientes de Wispok. En ese sentido Wispok no tendrá permitido modificar en ningún sentido el logotipo del Comercio. 

Cada una de las Partes conviene en no realizar ningún acto u omisión que perjudique los derechos de la otra Parte, incluyendo, entre otros, pretender el registro de cualquier marca de la otra Parte como parte integral de una marca compuesta, o registrar cualquier marca que pueda crear confusión debido, entre otras cosas, a su similitud. 

Además, el Comercio acepta y reconoce la titularidad del derecho de propiedad industrial y de derechos de autor de todos los estudios, informes, gráficos, archivos, bases de datos, comparativos, herramientas y programas de software de Wispok, por lo tanto, comprende la prohibición para sí y de aquellas terceras personas subcontratadas por él mismo, de utilizar la propiedad industrial de Wispok sin previa autorización por escrito. Esta obligación se hace extensiva a todas las empresas que constituyan la red de distribución, franquicias y subsidiarias del Comercio y éste se constituye en obligado(a) solidario(a) del cumplimiento de estas obligaciones y de los daños y perjuicios que a Wispok pudieran ocasionarse. 

El Comercio conviene en no utilizar dispositivos, software, o cualquier otro medio tendiente a interferir tanto en las actividades y/u operaciones de la Aplicación o en el Contenido y/o Información que se contenga en ella. El Comercio no tiene el derecho de colocar o utilizar el Contenido y/o Información en la Aplicación o el sitio de Wispok. S

e prohíbe al Comercio realizar actos de ingeniería inversa descompilación o desensamblado del software de la Aplicación y cualquier otra propiedad de Wispok. 

El Comercio no modificará, copiará, reproducirá, transferirá a otros ni distribuirá, transcribirá, traducirá ni reducirá a formato electrónico o formato o idioma legible por máquina, ni intentará derivar código fuente, ni tratará de aprender la estructura o los algoritmos del software sin el consentimiento expreso de Wispok, tampoco diseminará ni revelará de ninguna otra forma el software a ningún tercero. 

Wispok verificará que el Comercio no haga uso indebido de las marcas, patentes o signos distintivos de su propiedad o licenciados a Wispok, así como cualquier promocional que Wispok proporcione al Comercio en caso de que el Comercio incumpla con lo establecido deberá pagar los daños y perjuicios causados a Wispok, o a cualquier tercero.

VIGÉSIMA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD. 

Las Partes reconocen que la información confidencial consta de secretos comerciales valiosos y de aquella información considerada como confidencial y sensible por la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y por ello cada Parte conviene en que utilizará dicha información confidencial solamente de acuerdo con las disposiciones de este Contrato y no revelará, divulgará o permitirá que se revele o divulgue la misma, directa o indirectamente, a cualquier tercero sin el previo consentimiento escrito de la otra Parte. Cada Parte conviene en ejercer la debida diligencia y cuidado al proteger la información confidencial contra el uso y publicación no autorizados. 

Sin embargo, ninguna de las Partes tiene responsabilidad de salvaguardar la información que (i) Se encuentra disponible para el público; (ii) Esté ya en posesión de la otra Parte y no sujeta a una obligación de confidencialidad; (iii) Haya sido obtenida por la otra Parte a partir de terceras partes sin restricciones sobre la publicación; (iv) Desarrollada independientemente por la otra parte sin restricciones sobre su publicación; o (v) Sea requerida su publicación por orden de un tribunal u otra entidad gubernamental. 

Al usar el Servicio, el Comercio puede recibir información acerca de sus Comercios u otros terceros. El Comercio deberá conservar dicha información como confidencial y usarla únicamente en relación con el Servicio. El Comercio no puede divulgar ni distribuir parcial o totalmente dicha información de terceros, ni usar la información con propósitos de mercadotecnia a menos que reciba el consentimiento expreso del tercero.

VIGÉSIMA SEXTA: DATOS PERSONALES. 

Las Partes reconocen que derivado de las obligaciones contenidas en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, el Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y los Lineamientos del Aviso de Privacidad, cada una como responsable del tratamiento de datos personales ha puesto a disposición de la otra Parte su Aviso de Privacidad. 

Por su parte el Comercio protegerá, y salvo que sea requerido por autoridad competente, no revelará, registrará o de otra forma procesará información del Medio de Pago u otra información relativa al Usuario que el Comercio pueda recibir durante las operaciones de pago, salvo que se realice de conformidad con este Contrato. 

El Comercio se obliga a notificar a Wispok en caso de que cualquier proveedor del Comercio haya tenido acceso a los datos de los Usuarios y a su vez Wispok se encuentra obligado a notificarle al Adquirente. En ese sentido el Comercio entiende y acepta que Wispok podrá revelar cualquier información proporcionada a Wispok y a su banco Adquirente con el objeto de determinar la identidad de un individuo, incluyendo Usuarios, de conformidad con lo previsto con las reglas emitidas por las redes y tal y como lo permita la normativa aplicable. 

Wispok tendrá acceso a la dirección IP se puede utilizar normalmente para identificar la ubicación desde la que un dispositivo está conectado a la Plataforma. Wispok manejará y mantendrá en resguardo de conformidad con lo establecido en su Aviso de Privacidad consultable en la liga: https://www.wispok.com/aviso-de-privacidad/ y lo establecido en este Contrato. 

Al registrarse, los Comercios aceptan y reconocen que todos los Datos Personales proporcionados por estos en el momento de registro en la Aplicación de Wispok o con posterioridad, que se describen en los T&C y en el Sitio Web, así como cualquier otra que con posterioridad pueda ser solicitada por Wispok serán tratados de conformidad con el Aviso de Privacidad publicado en el Sitio Web, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento y los Lineamientos del Aviso de Privacidad, en el entendido de que al ingresar a la Plataforma, el Comercio reconoce y acepta que se encuentra enterado y conoce los alcances del citado Aviso de Privacidad, por lo que no podrá argumentar su desconocimiento.

VIGÉSIMA SÉPTIMA: NOTIFICACIONES. 

Para cualquier notificación que deba hacer Wispok al Comercio conforme a este Contrato, el Comercio designa (i) la cuenta de correo electrónico que se encuentre registrada en la Plataforma, y/o (ii) la dirección que, de tiempo en tiempo, mantenga registrada en su Cuenta Digital y/o a través de comunicados en la Plataforma.



Cualquier notificación que el Comercio deba realizar a Wispok conforme al presente Contrato, deberá realizarse mediante correo certificado con acuse de recibo a la siguiente dirección: Av. Real Acueducto Número exterior 335, interior 1801-01, Zapopan, Jalisco, 4511. No obstante, el Comercio podrá realizar notificaciones a Wispok vía correo electrónico a la siguiente dirección legal@wispok.com, en el entendido que las notificaciones vía correo electrónico no se considerarán notificaciones oficiales.

VIGÉSIMA OCTAVA: MODIFICACIONES. 

Es obligación del Comercio estar pendiente de las actualizaciones de los presentes T&C. no obstante el cambio, modificación y/o actualización de los T&C se notificarán al Comercio a través de correo electrónico, cabe mencionar que estos se encontrarán en la página web de Wispok ubicada en el Sitio Web, lo anterior en el entendido que las modificaciones se entenderán aceptadas por el Comercio por el mero hecho de que este siga utilizando la Plataforma. Una vez que se encuentren publicadas en la página web entrarán en vigor los efectos de las modificaciones. 

Cualquier modificación realizada por Wispok a estos T&C aplicarán a cualquier sitio web, aplicación móvil y/o cualquier otra herramienta o tecnología de la cual Wispok sea titular, salvo indicación contraria expresa por escrito.

VIGÉSIMA NOVENA: CESIÓN.

Este Contrato y los derechos u obligaciones bajo el mismo no podrán ser cedidos o transmitidos de manera alguna por el Comercio sin el previo consentimiento por escrito de Wispok.



Asimismo, el Comercio no tendrá la facultad de llevar a cabo las siguientes actividades: (i) ceder, sub-licenciar, copiar, publicar ni distribuir el Servicio, (ii) permitir que algún tercero utilice el Servicio, (iii) manipular las limitaciones técnicas del Servicio, asimismo no podrás descompilar ni reconstruir de otra forma el Servicio.



Wispok tendrá el derecho de ceder cualquiera de sus derechos y obligaciones bajo este Contrato sin requerir autorización del Comercio.

TRIGÉSIMA: TERCEROS RELACIONADOS CON LAS TRANSACCIONES.

El Comercio expresamente reconoce que el proceso de las Transacciones involucra a terceras partes, como lo son entidades emisoras, titulares de marca, cámaras de compensación y Bancos Adquirientes. 

Como consecuencia de lo anterior, el Comercio reconoce que Wispok no será responsable frente al Comercio respecto de del cumplimiento de términos y condiciones  y/o políticas que le sean aplicables de terceros.

TRIGÉSIMA PRIMERA: AUDITORÍA.

Las Partes, convienen que Wispok queda habilitado por virtud del presente Contrato a nombrar a uno o varios representante(s), que de ser necesario tendrá(n) acceso a las instalaciones del Comercio, con el propósito de: (i) examinar la documentación y demás elementos que comprueben y soporten que éste se encuentra cumpliendo con las obligaciones derivadas del presente Contrato, incluyendo en su caso, un análisis o estudios acerca de la ubicación y establecimiento del negocio; (ii) el cumplimiento de las leyes aplicables, las reglas del banco Adquirente de Wispok, o en su caso del tercero agregador al que está Afiliado, las Redes y/o este Contrato; y (iii) en cualquier momento por sí o a través de un tercero, para revisar y/o auditar los controles de seguridad del Comercio, ya sea antes de la firma de este Contrato, o durante la vigencia del mismo.

TRIGÉSIMA SEGUNDA: INFORMACIÓN CREDITICIA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, el Comercio, autoriza a Wispok para que lleven a cabo las investigaciones que consideren necesarias sobre su comportamiento y/o historial crediticio, así como cualquier otra información de naturaleza análoga, con cualquier sociedad de información crediticia autorizada y cuantas veces considere necesarias durante la vigencia del presente Contrato. 

Con base en dicha autorización queda Wispok liberada de cualquier responsabilidad por dicha causa. El Comercio autoriza que Wispok verifique la información proporcionada por éste, con las personas indicadas por éste mismo como referencias.

TRIGÉSIMA TERCERA: INDEMNIZACIÓN.

El Comercio deberá indemnizar, y sacar en paz y a salvo a Wispok y sus consejeros, directores, empleados y agentes por y contra cualquiera y todas las reclamaciones, pérdidas, perjuicio, multa, interés, daños, responsabilidades, costos y gastos (incluyendo, sin limitación, honorarios de abogados y costos legales) que resulten de: (i) cualquier falsedad en la información proporcionada a Wispok; (ii) el incumplimiento o violación de cualquiera de los términos y condiciones del presente Contrato; (iii) la infracción de los derechos de cualquier tercero, incluidos terceros proveedores; (iv) el uso ilegal o inapropiado del Servicio; (v) el uso de la Cuenta Digital que realicen tercero no autorizado; y (vi) la violación de cualquier ley, reglamento o circular vigente en el Territorio Nacional y/o internacional. 

En virtud de lo anterior, el Comercio pagará los daños y/o perjuicios que se causen a Wispok, y/o a cualquier otro tercero. Asimismo, el Comercio, deberá sacar en paz y salvo a Wispok por cualquier reclamación presentada por un tercero, derivada de la utilización de cualquier variante del Servicio de Wispok, así como de las APPs, API y/o la Plataforma, por parte del Comercio en contravención del presente Contrato y la regulación aplicable.

TRIGÉSIMA CUARTA: MISCELÁNEA.

a) Títulos y Subtítulos. Los títulos y subtítulos de este Contrato se establecen únicamente, para propósitos de referencia e identificación, por tanto, en caso de existir un conflicto relacionado con la interpretación de estos, se deberá estar únicamente al texto de la cláusula de que se trate. 

b) Nulidad parcial. Convienen las Partes que, la nulidad de una cláusula no afectará la validez de las demás cláusulas del Contrato, por lo tanto, en caso de que se determine la nulidad de una de las estipulaciones previstas en el Contrato por la autoridad competente, las provisiones estipuladas en el resto del Contrato continuarán en completo vigor y efecto. 

c) Impuestos. Será responsabilidad de cada una de las Partes asumir sus compromisos y obligaciones frente a las autoridades hacendarías, de tal forma que las contribuciones, impuestos, o cualquier otro pago, si lo hubiere y, que se generen por virtud del presente Contrato o de la contratación de los Servicios, serán por cuenta de cada una de las Partes, en términos de las leyes fiscales aplicables y vigentes. 

d) Caso Fortuito o Fuerza mayor. Ninguna parte se considerará en incumplimiento de cualquier disposición de este Contrato por cualquier fallo en el rendimiento como consecuencia de actos o eventos más allá de su control razonable, incluidos los actos de la naturaleza, actos de autoridades civiles o militares, disturbios civiles, huelgas, incendios u otras catástrofes. 

e) Ausencia de vicios al consentimiento. Las Partes manifiestan que en la celebración de este Contrato no ha mediado ni existe dolo, mala fe, error, lesión o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera invalidarlo total o parcialmente, ya que mutuamente han convenido sobre el objeto de este Contrato, su Contraprestación y sus cláusulas. 

d) Páginas web de Terceros. La página web de Wispok (www.wispok.com) o su Plataforma podrá contener links o redirecciones a otras páginas web que no son operadas por Wispok, quién no controla ni asume ninguna responsabilidad por el contenido de dichas páginas; y donde el Comercio es plenamente responsable de la utilización y acceso a dichas páginas web por lo que te aconsejamos leer cuidadosamente los términos y condiciones, y políticas relativas a datos personales y confidencialidad que puedan ser aplicables por el tercero.

TRIGÉSIMA QUINTA: LEY APLICABLE, JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.

Cualquier diferencia, conflicto o controversia respecto a estos Términos y Condiciones se regirá de acuerdo con las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos. Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las Partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales competentes con residencia en Guadalajara, Jalisco, con expresa renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder en virtud de su domicilio presente o futuro.

Última modificación: 19 de julio del 2023

ANEXO A
GIROS NO PERMITIDOS

GIRO
DESCRIPCIÓN
RECEPTORES DE PAGOS QUE NO PUEDEN OPERAR CON EL GIRO 5399 (MODELO GIRO DE AGREGADOR)
5300
CLUBES DE MAYORISTAS
Clubes de compradores/clubes de membresía
7321
BUROS DE CREDITO, (BURO DE CREDITO AL CONSUMIDOR),
Protección de crédito/protección contra robos de identidad
5967
MERCADEO DIRECTO – COMERCIANTES QUE PRESTAN SERVICIOS POR TELEFONO Y QUE RECIBEN LLAMADAS DE LOS USUARIOS
Receptores de Pagos de mercadeo directo – suscripción
5969
MERCADEO DIRECTO – NO CLASIFICADO
Receptores de Pagos de infomerciales
5912
DROGUERIAS, (FARMACIAS)
Venta de medicamentos controlados o de prescripción médica vía Internet. No podrá entregar medicamentos controlados sin receta médica, debe pedir la receta y custodiarla
4816
RECEPTORES DE PAGOS ELECTRONICOS (VENTAS A TRAVES DE INTERNET), (SERVICIOS – RED DE COMPUTADORAS), (SERVICIOS DE INFORMACION POR COMPUTADORA)
Sitios de remisión a farmacias de Internet
5963
VENTAS DE PUERTA – EN – PUERTA
Receptores de Pagos de mercadeo a múltiples niveles, cuando no hay presencia de tarjeta
5966
MERCADEO DIRECTO – COMERCIANTES DE TELEMERCADEO QUE HACEN LLAMADAS A LOS USUARIOS
Telemercadeo de salida
5964
MERCADO DIRECTO – VENTAS POR CATALOGO
Receptores de Pagos de Venta Dirigida, cuando no hay presencia de tarjeta
4814
SERVICIOS DE TELECOMUNICACION INCLUYENDO, LLAMADAS TELEFONICAS LOCALES Y LARGA DISTANCIA, LLAMADAS CON TARJETAS DE CREDITO, TELEFONO CON LECTOR DE BAN
Telecom
4816
RECEPTORES DE PAGOS ELECTRONICOS (VENTAS A TRAVES DE INTERNET), (SERVICIOS – RED DE COMPUTADORAS), (SERVICIOS DE INFORMACION POR COMPUTADORA)
Receptor de Pagos electrónico (Contenido para Adultos). Se prohíbe la pornografía infantil, brutalidad, zoofilia o cualquier actividad prohibida por las leyes nacionales.
7995
CASINOS, CASAS DE JUEGO, (APUESTAS, INCLUYE BILLETES DE LOTERIA),(LOTERIAS, JUEGOS DE AZAR),(APUESTAS – CARRERAS DE CABALLOS)
Negocios de apuestas (Sin presencia de Tarjeta)
TABAQUERIAS
Producción de tabaco (Sin presencia de Tarjeta)